Uno de los principios fundamentales de la llamada Constitución económica es el deber del Estado peruano de garantizar y defender los intereses de los consumidores y usuarios, tutelando el derecho de acceso a información clara, veraz, sencilla y oportuna sobre los bienes y/o servicios a su disposición en el mercado.
Hoy se abarcan ámbitos más amplios a través de la promoción de una actuación preventiva, proactiva y coordinada con diversas instituciones del Estado, ciudadanos y los agentes económicos. Existen, también, las directrices de las Naciones Unidas para la Protección del Consumidor, las cuales «son un conjunto valioso de principios que establecen las principales características que deben tener las leyes de protección del consumidor, las instituciones encargadas de aplicarlas y los sistemas de compensación para que sean eficaces».