Ebook: El secreto bancario en el Perú:

Reflexiones tributarias

Ebook: El secreto bancario en el Perú

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El secreto bancario se muestra como un candado, como un seguro que impide que terceros puedan acceder a los datos personales que han sido confiados a las instituciones financieras. Este impedimento actúa como una defensa para un derecho constitucional, además regulado internacionalmente, que es el derecho a la intimidad. Sin embargo, en los últimos años, la práctica y la legislación han dado muestras de que este puede verse ajustado por los fines que persigan los Estados; entre ellos, la función fiscalizadora y antielusiva de las administraciones tributarias que los componen.


Este impecable ebook coproducido por el PhD. Jorge Bravo Cucci, docente de la Maestría en Tributación, y por la Escuela de Posgrado de la Universidad Continental, busca ofrecer un mayor acercamiento al lector en relación con el deber de protección que existe sobre el secreto bancario. Para esto, el autor se remonta a los orígenes del tema y se basa en la regulación internacional que sostiene al derecho a la intimidad como un derecho humano; también se centra en sus diferentes formas de expresión en la realidad. De este modo, se mencionan sus primeras limitaciones legales hasta llegar al actual régimen del secreto bancario en el Perú.

Capítulo 1

Aproximación conceptual

Capítulo 2

El régimen peruano

Capítulo 3

Reflexiones finales

Regulación internacional

Regulación internacional

La Declaración Universal de Derechos Humanos señala, en su artículo 12, que nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio y su correspondencia. En suma, toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra aquellas injerencias.

  • En cuanto al derecho a la intimidad, hay quienes sostienen que, dado que este puede proyectarse sobre los distintos aspectos de la vida del individuo, es posible hablar de derechos especiales sectoriales de intimidad y, por ello, habrá una intimidad personal (religiosa, laboral, sexual, etcétera) familiar económica.
  • Acerca del derecho del individuo, el secreto bancario se sustenta en el derecho a la intimidad económica y no en los usos y costumbres bancarias, la buena fe, la responsabilidad civil extracontractual o el contrato suscrito con el banco, como diversas teorías han sostenido.
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Secreto bancario

La normatividad especializada ha consagrado al secreto bancario en la Ley 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, la cual lo trata en su artículo 140, en el que se tipifica como una prohibición que tienen, en primer lugar, las empresas del sistema financiero y bancario de suministrar cualquier información sobre las operaciones pasivas de sus clientes.

Así, puede apreciarse que el régimen del secreto bancario en el Perú no otorga cobertura a las operaciones activas, que implican, en términos generales, el otorgamiento de créditos por parte del banco al cliente, ni tampoco las denominadas operaciones neutras o de intermediación, que suponen la atención de negocios ajenos, como lo son, por ejemplo, los giros bancarios o las comisiones de confianza.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo 135-99-EF, destacan las siguientes facultades de fiscalización de la Administración Tributaria peruana:
  • Cuando los deudores tributarios o terceros registren sus operaciones contables mediante sistemas de procesamiento electrónico la Administración Tributaria podrá exigir la copia de la totalidad o parte de los soportes portadores de microformas gravadas, documentación relacionada con el equipamiento informático y el uso de equipo técnico de recuperación visual de microformas.
  • Requerir a terceros informaciones y exhibición de sus libros, registros, documentos, emisión y uso de tarjetas de crédito o afines.
  • Solicitar la comparecencia de los deudores tributarios o de terceros para que proporcionen la información.
  • Solicitar información sobre los deudores tributarios sujetos a fiscalización a las entidades del sistema bancario.
La seguridad de las relaciones jurídicas a través del sistema financiero

La seguridad de las relaciones jurídicas a través del sistema financiero

¿El secreto bancario está relacionado con la intimidad y la privacidad de las personas? ¿La seguridad de las relaciones jurídicas a través del sistema financiero puede ser afectada por el acceso indiscriminado a informaciones bancarias por parte de las autoridades tributarias?

  • En nuestro entendimiento, el secreto bancario se relaciona con el derecho a la intimidad y privacidad de las personas físicas, concretamente en lo referente a su intimidad económica.
  • En cuanto a las personas jurídicas, el secreto bancario se sustenta, como lo hemos afirmado anteriormente, en un derecho que tutela el interés en mantener la reserva respecto a su información patrimonial.
  • El acceso a la información amparada por el régimen del secreto bancario no puede ser indiscriminado, ya que los requerimientos de información deben encontrarse motivados, tener trascendencia tributaria y respetar el principio de proporcionalidad.
  • Simón Acosta señala que: "no se pueden exigir datos que no tengan trascendencia tributaria y debe respetarse en todo caso el principio de proporcionalidad".

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